Diccionario usual del Poder Judicial

reconocimiento de hijo (a)

Acto jurídico de voluntad de una persona física con el que se pretende determinar la filiación, dando por propio el hijo o la hija que hasta ese momento no aparecía como tal. || Procedimiento o trámite mediante el cual una persona distingue como hijo a quien no aparecía como tal en el Registro Civil. || Acción y efecto de distinguir a alguien, concebido, nacido o muerto, como hijo propio, cuando no constaba que lo fuera. declaración de hijo extramatrimonial.

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