Diccionario usual del Poder Judicial

proyecto de vida

Realización integral de la persona, considerando su vocación, aptitudes, circunstancias, potencialidades y aspiraciones, que le permiten fijarse razonablemente determinadas expectativas y acceder a ellas. El proyecto de vida “presupone la libertad ontológica del ser humano, quien conduce su vida según las opciones que ha elegido para alcanzar el destino que se propone”. (Sala Primera,  N.º 1188 de 10:35 h de 8 de octubre de 2015).

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