Diccionario usual del Poder Judicial

profesión liberal

Quehacer profesional, autónomo o con plena independencia laboral, que supone el ejercicio de una actividad intelectual o técnica, mediante la aplicación de reglas sistemáticas o pericias científicas, previa habilitación por medio de título y, eventualmente, la incorporación a un colegio profesional. “La singularidad de las profesiones liberales surge de la inexistencia de una relación de dependencia con su clientela, de modo que el profesional liberal tiene autonomía e independencia plena en la forma de prestar los servicios profesionales —horario, lugar, etc.— dado que lo hace por cuenta propia, razón por la cual sus servicios son remunerados mediante honorarios”. Los abogados, los médicos y los artistas ejercen profesiones liberales. || Dicho del ejercicio de una carrera para el que se fue capacitado en un centro de enseñanza universitario o especializado. Por lo general es actividad predominantemente intelectual.

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