Diccionario usual del Poder Judicial

principio de contradicción

También llamado principio de no contradicción. Principio lógico que postula la imposibilidad de que una proposición y la que la contradice puedan ser ambas verdaderas. Enuncia que nada puede ser y no ser al mismo tiempo; o que nadie puede creer, en un mismo tiempo y sentido, una proposición y lo que la niega. || Forma equívoca de nominar el principio del contradictorio. principio del contradictorio.

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