Diccionario usual del Poder Judicial

persona jurídica

Entidad u organización, vista como unidad, a la que se le reconoce la capacidad de adquirir derechos y contraer obligaciones. Ejemplos de personas jurídicas son las sociedades mercantiles, asociaciones y fundaciones. || Persona abstracta o ficticia, con capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representada judicial y extrajudicialmente. || Sujeto abstracto o persona física que tiene aptitud para el Derecho. Para cierta doctrina, y poco usado en ese sentido, el concepto de ‘persona jurídica’ comprende tanto a los seres humanos individualmente vistos, como a organizaciones o entidades. persona física.

©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.