Diccionario usual del Poder Judicial

patrono único (a)

Categoría jurisprudencial y doctrinal de orden laboral que comprende el carácter unitario del Estado como patrono, independientemente de la dependencia pública en que preste sus servicios el trabajador o funcionario. Fundamentalmente, la utilidad práctica del concepto ‘Estado patrono único’ ha sido en cuanto al reconocimiento de la antigüedad para efectos de vacaciones, preaviso, cesantía, jubilación y pago de anualidades”. ► patrono (a).

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