Diccionario usual del Poder Judicial

órgano

Parte del cuerpo de un animal o vegetal que cumple una función diferenciada. En Costa Rica, la ley 9222 (Ley de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos Humanos) , en el artículo 3 define ‘órgano’ de la siguiente manera: “Órgano: parte diferenciada y vital del cuerpo humano constituida por diversos tejidos que mantiene su estructura, vascularización y capacidad para desarrollar funciones fisiológicas con un grado importante de autonomía y suficiencia. En este sentido, son órganos: cada riñón, el corazón, cada pulmón, el hígado, el páncreas, el intestino, la piel y cuantos otros con similar criterio puedan ser extraídos y trasplantados de acuerdo con los avances científico-técnicos”. || Entidad o dependencia que ejecuta una función determinada. || Publicación periódica de carácter ideológico u organizativo. El semanario ‘Libertad’ era el órgano del partido Vanguardia Popular. || Persona que representa una organización y actúa en representación de ella.

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