Diccionario usual del Poder Judicial

matrimonio

Unión jurídica entre dos personas que, bajo ciertas formalidades legales y rituales, se establece para mantener vida en común, cooperación, mutuo auxilio y relación de intereses. La legislación costarricense permite el matrimonio entre personas del mismo sexo. || Acto jurídico o religioso que se celebra para concertar la vida en común entre dos personas. || En asuntos de religión, rito por el cual dos personas se unen para hacer vida en común, conforme a las prescripciones de la autoridad religiosa. En algunos países, el matrimonio religioso tiene carácter de matrimonio civil. || Pareja que se ha casado. Ermelinda y Antonio hacen un bonito matrimonio. Ese matrimonio vive en la casa de al lado. || Fiesta o celebración que se realiza con motivo de la concertación de dos personas para hacer vida en común. || Generalmente de forma peyorativa, unión estrecha, para la salvaguarda de intereses comunes, entre personas o colectividades. En el congreso se estableció un matrimonio entre la derecha y la centro-izquierda para votar en contra del proyecto.

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