Diccionario usual del Poder Judicial

juez natural (a)

El que es instituido conforme a la Constitución y a la ley; y sus potestades jurisdiccionales se definen de previo al conocimiento de los hechos juzgados. La idea de juez natural se contrapone a la noción de juez especial. || En materia penal, el erigido con competencias legales definidas y de forma previa a la existencia de los hechos acusados.

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