Diccionario usual del Poder Judicial

interés superior del menor

Categoría socio-jurídica que entraña el conjunto de derechos declarados que benefician a una persona menor de edad. El interés superior del menor lo que dispone es una limitación, una obligación y una prescripción de carácter imperativo hacia las autoridades. || Postulado jurídico que impone la aplicación práctica de todos los derechos que las legislaciones nacionales y tratados internacionales consagran a favor de una persona menor de edad. “La determinación del interés superior del menor deberá considerar: a) Su condición de sujeto de derechos y responsabilidades. b) Su edad, grado de madurez, capacidad de discernimiento y demás condiciones personales. c) Las condiciones socioeconómicas en que se desenvuelve. d) La correspondencia entre el interés individual y el social”.

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