Diccionario usual del Poder Judicial

instrucción formal

Procedimiento consistente en un conjunto de diligencias que practica el juez de instrucción, tendente a corroborar la existencia o inexistencia de hechos delictivos o punibles, la recolección de pruebas, la responsabilidad del acusado y la revisión de los presupuestos procesales, a fin de preparar la causa para las siguientes etapas del proceso. En el procedimiento de instrucción formal, una vez lograda la prueba y realizada la declaración indagatoria del imputado, el juez, según lo visto, puede dictar auto de procesamiento, auto de falta de mérito o auto de sobreseimiento. juez de instrucción (a). || Fase procesal penal en la que se prepara el juicio oral mediante la determinación del hecho punible y la del presunto autor. || La educación institucionalizada. || En milicia y policía, adiestramiento individual que busca el mantenimiento de la disciplina, los sentimientos y correlación de unidad.

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