Diccionario usual del Poder Judicial

horas extras

En derecho laboral, las que se laboran más allá de la jornada ordinaria o de la jornada inferior convenida por las partes. En Costa Rica, las horas extras "deben pagarse a razón de una hora ordinaria más un cincuenta por ciento (tiempo y medio) por la cantidad de horas extras laboradas. Tratándose de días feriados, cada hora extra deberá pagarse doble".

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