Diccionario usual del Poder Judicial

guarda relojero

Vigilante cuya labor de cuido de instalaciones y bienes se caracteriza por el deber de permanecer despierto durante toda su jornada laboral y estar sometido a fiscalización. La jornada nocturna es de seis horas. Acerca del guarda relojero o guarda vigilante, la jurisprudencia costarricense ha dispuesto: Guarda relojero es un trabajador que debe permanecer alerta durante toda la jornada laboral, y no puede abandonar su puesto de trabajo, por lo que evidentemente, no se le dan facilidades para descansar o para dormir, y en muchos casos el empleador utiliza para controlarlo un reloj marcador donde con cierta regularidad debe hacer una marca.

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