Diccionario usual del Poder Judicial

función social de la propiedad agraria

Categoría que refiere a la finalidad de la posesión o dominio de bienes destinados a la producción agrícola, forestal o ganadera y que entraña acceder a la propiedad a las personas que carecen de ella o que la poseen de forma insuficiente; y a la distribución de los productos, de forma que se garantice la alimentación de una comunidad, además de la justicia social en el campo. Uno de los presupuestos de la función social de la propiedad agraria radica en la necesidad de dar a la tierra su destinación económica natural: el ejercicio de actividades agrarias de cría de animales o cultivo de vegetales en bienes de naturaleza productiva y aptitud agrícola, forestal o pecuaria. La función social de la propiedad agraria entraña la búsqueda del propietario idóneo. propiedad agraria.

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