Diccionario usual del Poder Judicial

concurso aparente de normas

En derecho penal, situación que se presenta cuando un mismo hecho punible está descrito en varias normas legales que parecen aplicables; pero que al ser disposiciones excluyentes entre sí, se aplica solamente una de ellas. El concurso aparente de [normas] se da cuando de un mismo supuesto de hecho, constitutivo de una sola infracción, se ocupan dos o más preceptos y, aparentemente, ambos le son aplicables, aunque sólo uno lo es. Para saber cuál es el precepto cuya aplicación desplaza la de los otros, están previstas las siguientes reglas […]: a) Especialidad: […] el precepto especial se aplicará con preferencia al general; b) Subsidiariedad: […] el precepto subsidiario se aplicará sólo en defecto del principal, ya se declare expresamente dicha subsidiariedad, ya sea ésta tácitamente deducible; c) Expresa: cuando en un precepto expresamente se dice que su aplicación queda condicionada a la no aplicación de otro. […]; d) Tácita: cuando de un precepto se desprende tácitamente que su aplicación queda condicionada a la no aplicación de otro. e) Consunción: […] el precepto penal más amplio o complejo absorberá a los que castiguen las infracciones consumidas en aquel. […]; f) Subsidiariedad impropia o alternatividad: […] en defecto de los criterios anteriores, el precepto penal más grave excluirá los que castiguen el hecho con pena menor. Funciona cuando ninguno de los otros tres es aplicable.

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