Diccionario usual del Poder Judicial

compraventa

Contrato traslativo de dominio por el cual un vendedor transmite, o se obliga a transmitir, a un comprador la propiedad de un bien corporal a cambio del pago de un precio. “La compraventa es un contrato en virtud del cual uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o derecho y el otro, a su vez, se obliga a pagar por ellos un precio cierto en dinero”. (Sala Primera, N.° 1012 de 11:30 h de 21 de 12 de 2006). || Acto con el que se materializa la entrega de cosas muebles a cambio de un desembolso dinerario. || Intercambio de bienes corporales a cambio de una suma de dinero, o signo que lo represente. “La compraventa es el acuerdo definitivo de cosa y precio manifestado en la aceptación de los optantes. En este sentido, ese negocio jurídico no llega a existir mientras no medie convenio firme sobre cosa y precio, pues aquella solo llega a tener validez jurídica cuando opera la aceptación de las ofertas”. (Sala Primera, N.° 69 de 09:50 h de 2 de febrero de 2007). || Tienda en la que particulares venden objetos usados y que seguidamente son revendidos. Compraventa de antigüedades. Compraventa de libros.

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