Diccionario usual del Poder Judicial

agente de retención

En materia tributaria, persona legalmente designada que, por su función pública o su actividad, oficio o profesión, interviene en actos u operaciones en los cuales debe efectuar la retención o conservación de un tributo. Tiene la obligación de recaudar el impuesto y, junto con el sujeto pasivo del tributo, a pagar el monto dejado de cancelar, cuando no lo haya retenido. Responde de forma solidaria.

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