Diccionario usual del Poder Judicial

accesión

Modo de adquirir lo accesorio por pertenecer a la cosa principal. || Derecho que el dueño tiene sobre todo lo que produce una cosa, así como lo que se le une, sea por obra de la naturaleza o por industria humana. En la accesión rige la regla de que lo accesorio sigue a lo principal. || Modo de adquirir la propiedad por la unión de una cosa mueble con otra, pertenecientes a diferentes dueños. || Cosas accesorias o agregadas. || Cópula sexual.

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