Term | Definition |
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denuncia de la convención colectiva | Procedimiento por el cual se le pone fin al acuerdo colectivo de trabajo. ► convención colectiva de trabajo. || Notificación o anuncio de la terminación del convenio colectivo de trabajo. |
denuncia penal | Manifestación que se realiza, ante un juez o autoridad competente, del conocimiento que se tiene de la comisión de un delito, falta o contravención y que posibilita la acción penal. ► acción penal. |
denuncia popular ambiental | |
denuncia por daños al ambiente | Procedimiento o instrumento de participación ciudadana o social, mediante el cual se pone en conocimiento de la autoridad competente de un acto, hecho u omisión que conlleve o implique desequilibrio ecológico o daño ambiental. ► daño ambiental. |
denunciante | Persona, física o jurídica, que da parte a una autoridad competente de una acción ilícita o suceso irregular. || Quien avisa a una autoridad judicial o administrativa acerca de un daño. || Persona que da aviso o noticia de algo. || Persona que delata, acusa o inculpa. || Persona que notifica la terminación o contrato. || En Costa Rica, se dice de quien acude ante la autoridad competente para registrar un terreno que carece de dueño y que el derecho a obtener la propiedad le quede asegurado. || En general, quien comunica públicamente. |
denunciante calificado | En materia administrativa, persona física o jurídica que al tener un derecho subjetivo o un interés legítimo que tutelar, o alguna potencial o actual afectación ocasionada por lo denunciado, pone en conocimiento del órgano administrativo presuntos hechos irregulares. “[El denunciante calificado es “parte”]; en virtud de lo cual, su participación supera la de un simple colaborador de la Administración de justicia administrativa y se convierte en “parte”, en virtud de la afectación de la que puede ser objeto. (Sala Constitucional, N.° 7950 de 09:08 h de ocho de setiembre de 2000). |
denunciante común | En materia administrativa, persona física o jurídica que, sin tener derecho subjetivo o un interés legítimo que tutelar, o alguna potencial o actual afectación ocasionada, pone en conocimiento del órgano administrativo competente presuntos hechos irregulares. “[…] al denunciante [común] como un ser altamente consciente, que cumple su deber legal de denunciar, le interes[an] los hechos acusados y su corrección, no le incumben los detalles del proceso, en consecuencia no es “parte” jurídicamente hablando, por lo cual no le asiste el derecho de enterarse de los pormenores de la investigación preliminar o el proceso administrativo cuando éste se instaure, aunque nuestra legislación y jurisprudencia constitucional sí le reconoce el derecho a que el órgano competente de la administración le informe qué hará con su denuncia”. (Sala Constitucional, N.° 7950 de 09:08 h de ocho de setiembre de 2000). |
denunciante cualificado | En Costa Rica, en ciertos despachos, locución sinónima de ‘denunciante calificado’. ► denunciante calificado. |
denunciar | Dar parte a una autoridad competente de una acción ilícita o suceso irregular. || Avisar a una autoridad judicial o administrativa acerca de un daño. || Dar noticia o avisar algo. || En general, comunicar públicamente. || Delatar, acusar, inculpar a alguien. || Notificar la terminación de un tratado o contrato. || En Costa Rica, acudir ante la autoridad competente para registrar un terreno que carece de dueño y que el derecho a obtener la propiedad quede asegurado. ► usucapión. |
denuncio | |
deontología | Parte de la filosofía que trata de los deberes y la moral. || Parte de la ética que trata de las normas morales que rigen una actividad profesional. ► ética profesional. |
departamento 1 | Sección, dependencia o sector de la Administración pública. || En la administración de centros de enseñanza e investigación, unidad administrativa. El Departamento de Ciencias está encargado de ese tema. || En administración de negocios, sección especializada y encargada de un asunto particular. La adquisición de esa mercancía tiene que pasar por el Departamento de Compras. || División territorial, administrativamente demarcada y sujeta a una autoridad. |
departamento 2 | Vivienda, piso. Por lo general, los departamentos son más pequeños que una casa y forman parte de un edificio, en el que hay áreas comunes. |
Departamento de Medicina Legal | En Costa Rica, área del Organismo de Investigación Judicial del Poder Judicial, encargada de evacuar consultas de las diferentes secciones y unidades médico-legales y de realizar la coordinación general de Consejo Médico Forense. En Costa Rica, el Departamento de Medicina Legal “gira órdenes particulares, instrucciones y circulares sobre el modo y métodos para el ejercicio de las diferentes labores periciales”. ► medicina legal. Organismo de Investigación Judicial. |
Departamento de Presupuesto | En Costa Rica, organismo técnico encargado de la preparación del proyecto ordinario y extraordinario del presupuesto nacional. ► Dirección General de Presupuesto Nacional. |
depenalización | |
dependencia | Subordinación a un poder o mando superior. || Estado de inferioridad jerárquica. || Sometimiento o sujeción a una autoridad directora. || Situación de las cosas accesorias en sus nexos con las principales. || Correspondencia en cuanto a origen o conexión. || Oficina que es aneja o adjunta que en una jerarquía responde a otra superior. || En asuntos comerciales, conjunto de empleados o vendedores. || Situación de la persona que necesita de la ayuda de otros, al no poder valerse por sí misma. || Necesidad compulsiva por consumir alguna sustancia, generalmente drogas. || Necesidad apremiante por estar, psicológica o físicamente, cerca de otro. || Cada uno de los espacios de una casa. |
dependencia pública | Oficina o institución pública subordinada en forma directa a la Administración pública en el ejercicio de sus atribuciones y funciones administrativas. ► Administración pública. |
depender | Estar sujeto a la autoridad o jurisdicción de otro. || Ser condicionado o estar supeditado a alguien o por algo. Mi tranquilidad dependía de la buena marcha del negocio. || Estar subordinado. || Quedar a merced de alguien o algo. || Necesitar del amparo, protección o soporte de otro. Es muy joven y todavía depende de sus padres. || Ser regido o mandado por alguien. || Condicionar el cumplimiento de ciertas condiciones para la concreción de algo. Depende de la llegada de los materiales para que podamos seguir la construcción. |
dependiente 1 | Que está sujeto a la autoridad o jurisdicción de otro. || Condicionado o supeditado a alguien o por algo. || Subordinado. || Que queda a merced de alguien o algo. || Que necesita del amparo, protección o soporte de otro. || Se dice de la situación en la que es necesario que se cumplan ciertas condiciones para que algo se concrete. || Dicho de la persona que atiende a otra. || Persona subalterna de una autoridad. |
dependiente 2 | Empleado de tienda o comercio que tiene como función atender al público. |
deportación | Destierro por razones políticas. || Extrañamiento dictado como castigo. ► extrañamiento 1. |
deportación o traslado forzoso de población | En delitos de carácter internacional, desplazamiento forzoso de personas físicas —por expulsión u otros actos coactivos— de la zona o región donde están legítimamente ubicadas, sin motivos autorizados por el derecho internacional. |
deportar | Desterrar por razones políticas. ► desterrar. || Extrañar a alguien de un lugar a manera de castigo. ► extrañar 1. |
deporte | Práctica de una actividad física, competitiva o de recreación, reglamentada y sujeta a una infraestructura determinada. || Ejercicio físico. || por deporte. Expresión que indica que algo se hace por gusto; sin mayor cuidado o interés. En ocasiones escribo literatura, pero es por deporte. |