Term | Definition |
---|---|
denunciante común | En materia administrativa, persona física o jurídica que, sin tener derecho subjetivo o un interés legítimo que tutelar, o alguna potencial o actual afectación ocasionada, pone en conocimiento del órgano administrativo competente presuntos hechos irregulares. “[…] al denunciante [común] como un ser altamente consciente, que cumple su deber legal de denunciar, le interes[an] los hechos acusados y su corrección, no le incumben los detalles del proceso, en consecuencia no es “parte” jurídicamente hablando, por lo cual no le asiste el derecho de enterarse de los pormenores de la investigación preliminar o el proceso administrativo cuando éste se instaure, aunque nuestra legislación y jurisprudencia constitucional sí le reconoce el derecho a que el órgano competente de la administración le informe qué hará con su denuncia”. (Sala Constitucional, N.° 7950 de 09:08 h de ocho de setiembre de 2000). |
denunciante cualificado | En Costa Rica, en ciertos despachos, locución sinónima de ‘denunciante calificado’. ► denunciante calificado. |
denunciar | Dar parte a una autoridad competente de una acción ilícita o suceso irregular. || Avisar a una autoridad judicial o administrativa acerca de un daño. || Dar noticia o avisar algo. || En general, comunicar públicamente. || Delatar, acusar, inculpar a alguien. || Notificar la terminación de un tratado o contrato. || En Costa Rica, acudir ante la autoridad competente para registrar un terreno que carece de dueño y que el derecho a obtener la propiedad quede asegurado. ► usucapión. |
denuncio | |
deontología | Parte de la filosofía que trata de los deberes y la moral. || Parte de la ética que trata de las normas morales que rigen una actividad profesional. ► ética profesional. |
departamento 1 | Sección, dependencia o sector de la Administración pública. || En la administración de centros de enseñanza e investigación, unidad administrativa. El Departamento de Ciencias está encargado de ese tema. || En administración de negocios, sección especializada y encargada de un asunto particular. La adquisición de esa mercancía tiene que pasar por el Departamento de Compras. || División territorial, administrativamente demarcada y sujeta a una autoridad. |
departamento 2 | Vivienda, piso. Por lo general, los departamentos son más pequeños que una casa y forman parte de un edificio, en el que hay áreas comunes. |
Departamento de Medicina Legal | En Costa Rica, área del Organismo de Investigación Judicial del Poder Judicial, encargada de evacuar consultas de las diferentes secciones y unidades médico-legales y de realizar la coordinación general de Consejo Médico Forense. En Costa Rica, el Departamento de Medicina Legal “gira órdenes particulares, instrucciones y circulares sobre el modo y métodos para el ejercicio de las diferentes labores periciales”. ► medicina legal. Organismo de Investigación Judicial. |
Departamento de Presupuesto | En Costa Rica, organismo técnico encargado de la preparación del proyecto ordinario y extraordinario del presupuesto nacional. ► Dirección General de Presupuesto Nacional. |
depenalización | |
dependencia | Subordinación a un poder o mando superior. || Estado de inferioridad jerárquica. || Sometimiento o sujeción a una autoridad directora. || Situación de las cosas accesorias en sus nexos con las principales. || Correspondencia en cuanto a origen o conexión. || Oficina que es aneja o adjunta que en una jerarquía responde a otra superior. || En asuntos comerciales, conjunto de empleados o vendedores. || Situación de la persona que necesita de la ayuda de otros, al no poder valerse por sí misma. || Necesidad compulsiva por consumir alguna sustancia, generalmente drogas. || Necesidad apremiante por estar, psicológica o físicamente, cerca de otro. || Cada uno de los espacios de una casa. |
dependencia pública | Oficina o institución pública subordinada en forma directa a la Administración pública en el ejercicio de sus atribuciones y funciones administrativas. ► Administración pública. |
depender | Estar sujeto a la autoridad o jurisdicción de otro. || Ser condicionado o estar supeditado a alguien o por algo. Mi tranquilidad dependía de la buena marcha del negocio. || Estar subordinado. || Quedar a merced de alguien o algo. || Necesitar del amparo, protección o soporte de otro. Es muy joven y todavía depende de sus padres. || Ser regido o mandado por alguien. || Condicionar el cumplimiento de ciertas condiciones para la concreción de algo. Depende de la llegada de los materiales para que podamos seguir la construcción. |
dependiente 1 | Que está sujeto a la autoridad o jurisdicción de otro. || Condicionado o supeditado a alguien o por algo. || Subordinado. || Que queda a merced de alguien o algo. || Que necesita del amparo, protección o soporte de otro. || Se dice de la situación en la que es necesario que se cumplan ciertas condiciones para que algo se concrete. || Dicho de la persona que atiende a otra. || Persona subalterna de una autoridad. |
dependiente 2 | Empleado de tienda o comercio que tiene como función atender al público. |
deportación | Destierro por razones políticas. || Extrañamiento dictado como castigo. ► extrañamiento 1. |
deportación o traslado forzoso de población | En delitos de carácter internacional, desplazamiento forzoso de personas físicas —por expulsión u otros actos coactivos— de la zona o región donde están legítimamente ubicadas, sin motivos autorizados por el derecho internacional. |
deportar | Desterrar por razones políticas. ► desterrar. || Extrañar a alguien de un lugar a manera de castigo. ► extrañar 1. |
deporte | Práctica de una actividad física, competitiva o de recreación, reglamentada y sujeta a una infraestructura determinada. || Ejercicio físico. || por deporte. Expresión que indica que algo se hace por gusto; sin mayor cuidado o interés. En ocasiones escribo literatura, pero es por deporte. |
deportista | Persona que se gana la vida con la práctica de un deporte. || Persona que practica regularmente uno o varios deportes. |
deportista profesional | Persona física que se obliga con alguna entidad deportiva o intermediario para que, individual o colectivamente, o en un equipo, practique un deporte determinado a cambio de una contraprestación, generalmente dineraria. || Persona que se gana la vida con la práctica de uno o varios deportes. |
deportivo (a) | Perteneciente o relativo a la práctica de una actividad física, competitiva o de recreación, reglamentada y sujeta a una infraestructura determinada. || Que sirve para practicar un deporte. || Correcto o ajustado a las buenas prácticas en materia de deporte. Al futbolista se le conocía por su comportamiento deportivo. |
depositar | Dar a otro un bien o cosa para que la guarde y custodie, con la condición de que la devuelva cuando le sea pedida por la persona autorizada a ello. || Entregar algo para que sea guardado y custodiado. || Guardar caudales, especialmente dinero, en un banco. || Poner a alguna persona en un sitio con el fin de protegerla. || Confiar a alguien algo. || Posar. Permítame depositar un beso en su mano. || Almacenar. || Colocar algo en un determinado lugar. || Poner algo en un sitio del que no pueda sacarse sin los medios necesarios. || Guardar transitoriamente un cadáver en un lugar antes de enterrarlo o incinerarlo. || Referido a la materia sólida que está en un líquido, separarse y caer al fondo del recipiente que la contiene. |
depositaría | Entidad o persona con la que se contrata un depósito. || Oficina que tiene a cargo los bienes dados en depósito. || Local o lugar donde se realizan depósitos. ► almacén de depósito fiscal. almacén general de depósito. depósito. |
depositario (a) | Perteneciente al contrato real en que se hace entrega temporal de una cosa para que sea conservada, custodiada y, posteriormente, retornada. || Persona a quien se le encarga un depósito o a la que se contrata para este propósito. ► depósito. || Relativo a la instalación autorizada para recibir, manipular, almacenar y custodiar mercancías. |