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Term Definition
planilla

En Costa Rica, documento mediante el cual los patronos reportan a la Caja Costarricense de Seguro Social los sueldos y salarios de los trabajadores activos. || En Costa Rica, en el Poder Judicial, reporte de los giros por salario devengado o que se devengará, correspondiente a determinado período de trabajo. Ya salió la planilla: fijate cuánto te llega. || En Costa Rica, lista de empleados o servidores de una entidad, organización o empresa. || Lista de nombres de personas. || Catálogo de cosas. || Haberes que debe recibir un empleado que figura en una nómina. || Formulario con espacios para rellenar con información determinada y que se presenta ante las Administraciones públicas.

planillas

► planilla.

plano (a) 1

Liso, llano, sin protuberancias, relieves o salientes. || Superficie continente de la recta que pasa por dos puntos || Punto de vista, enfoque, criterio. Veamos el asunto desde varios planos. || En fotografía, cine, televisión o videos, toma de personas y cosas que constituyen la imagen. || En cinematografía, televisión y video sucesión de fotogramas o video cuadros. || En películas de cine, televisión y video, parte que se muestra en una sola toma. || Cada una de las caras de la hoja de papel. || En periódicos y publicaciones, cada página o cara escrita, impresa o ilustrada. Se publicó en primera plana. || de plano. Con referencia a una resolución judicial o administrativa, que se toma sin mayor trámite e inmediatamente. Rechazo de plano. || Dicho de una fuente de luz, que da de lleno. El sol daba de plano sobre el solar.

plano 2

Representación gráfica de una superficie, terreno o planta de un inmueble. || Representación dimensional o gráfica y a escala de una máquina o construcción. || Croquis de una superficie. || Mapa o gráfico de un área, sección o división específica.

plano catastrado

Plano de agrimensura que se inscribió en el Catastro Nacional. ► catastro nacional. plano de agrimensura.

plano de agrimensura

Representación gráfica, matemática, literal y jurídica, de una finca, parcela o predio, y que cumple con la normativa reglamentaria que se establece legalmente.

planta

Ser vivo autótrofo y fotosintético. || Árbol, vegetal o yerba. || Cada uno de los pisos de un edificio. Planta baja. || Central de energía. || Instalación industrial. || Parte inferior del pie.

planta hidroeléctrica

Central que transforma, mediante turbina, la energía hidráulica de un curso de agua en energía eléctrica. ► electricidad. energía. energía hidroeléctrica.  fuerza eléctrica.

planta principal

En Costa Rica, en materia de incentivos y beneficios otorgados por el Estado, en el Centro Electrónico de Información Jurisprudencial, descriptor sinónimo de ‘régimen aduanero de zonas francas’. ► régimen aduanero de zonas francas.

plausible

Admisible, que se puede atender o acoger. Es una justificación plausible. Razón plausible para litigar. || Que merece aplauso o encomio.

playo

En Costa Rica, vulgar, peyorativo y malsonante, homosexual masculino.

plaza

Cargo, empleo o puesto de trabajo. || Ocupación en el empleo público. || Lugar ancho y espacioso dentro de una población o circuito. La plaza de la Justicia. || Espacio donde se celebran ferias o que se destinan a mercados o fiestas pública. || Espacio fortificado. || Sitio o lugar abierto.

plaza de abastos

Mercado de comestibles.

plaza de armas

Ciudad, poblado o pueblo fortificado. || En milicia, sitio de campamento, formación y ejercicios de un ejército. || Fortaleza donde se disponen armas y pertrechos militares.

plaza de toros

Edificación, por lo general circular y con graderías, donde se hacen prácticas de entretenimiento o diversión con uno o varios toros.

plaza fuerte

Locución sinónima de ‘plaza de armas’. ► plaza de armas.

plaza mayor

Lugar ancho y espacioso que es el centro principal de un pueblo o ciudad.

plaza pública

En Costa Rica, reunión masiva de gente, por lo general al aire libre, que se realiza con un fin electoral o de apoyo a un partido o movimiento político.

plazo

En el proceso, tiempo concedido para comparecer, responder, probar, alegar, consentir, negar o resolver. || Término o tiempo dispuesto para la realización de algo. || Cantidad de tiempo preestablecida por la ley para realizar una determinada conducta. || a corto plazo. Prontamente. || a largo plazo. Dentro de un periodo extenso. || a plazo fijo. Depósito bancario que solo se puede retirar cuando haya vencido.

plazo cierto

En Costa Rica, en el Centro Electrónico de Información Jurídica, descriptor sinónimo de ‘término cierto’. ► término cierto.

plazo dilatorio
Término o tiempo que demora o detiene transitoriamente los efectos de un acto. || El plazo que es prorrogable cuando ya ha habido una ampliación respecto a la duración normal. || Término que remite a momentos posteriores las deliberaciones o convenios. || Dicho de los plazos que paralizan o retardan el proceso.
plazo dilatorio en el proceso penal

En Costa Rica, descriptor del tesauro del Centro Electrónico de Información Jurisprudencial, que se refiere al término o tiempo que demora o detiene transitoriamente los efectos de un acto o el desarrollo de un proceso tendente a la averiguación de un hecho que entraña punición.

plazo en el procedimiento administrativo

Cantidad de tiempo preestablecida para realizar el conjunto de actos de trámite, formalidades y actuaciones internas que, vinculadas entre sí, posibilitan la adopción de la voluntad de la Administrativa.

plazo en el proceso penal

Término o tiempo dispuesto para la realización del conjunto de actuaciones judiciales, de carácter jurídico, tendentes a la averiguación de la comisión de un delito, la participación del imputado, su responsabilidad, la imposición de una pena y la determinación de las consecuencias civiles de la conducta.

plazo en materia tributaria

Término o lapso se establece para el cumplimiento o realización de actos o disposiciones referentes a la fijación o liquidación de impuestos, contribuciones, tasas, multas, rentas o créditos públicos. El cómputo del plazo en materia tributaria se cuenta de la siguiente manera: “a) Los plazos por años o meses son continuos y terminan el día equivalente del año o mes respectivo; b) Los plazos establecidos por días se entienden referidos a días hábiles; y c) En todos los casos, los términos y plazos que venzan en día inhábil para la Administración tributaria, [sic] se extienden hasta el primer día hábil siguiente. Los plazos no son prorrogables, salvo que la ley indique que sí pueden serlo”.