Term | Definition |
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poder público | Potestad o capacidad del Estado para obligar o exigir la realización de un acto determinado. |
poder sustancial de mercado | En materia de libre competencia y protección al consumidor, potestad o capacidad de un agente económico de fijar precios unilateralmente, o de restringir sustancialmente el abastecimiento o la innovación en el mercado relevante, sin que otros agentes económicos puedan contrarrestar esa fijación de precios o restricción. ► mercado relevante. |
poder tributario | Potestad estatal de exigir contribuciones a personas o por bienes, así como conceder exenciones. “II). El Poder Tributario. El llamado "Poder Tributario" —potestad soberana del Estado de exigir contribuciones a personas o bienes que se hallan en su jurisdicción o bien conceder exenciones— no reconoce más limitaciones que las que se originan en la propia Constitución Política. Esa potestad de gravar, es el poder de sancionar normas jurídicas de las que se derive o pueda derivar, la obligación de pagar un tributo o de respetar un límite tributario y entre los principios constitucionales de la Tributación, se encuentran inmersos el Principio de Legalidad o bien, Reserva de Ley, el de la Igualdad o de Isonomía, de Generalidad y de No Confiscación. Los tributos deben emanar de una Ley de la República, no crear discriminaciones en perjuicio de sujetos pasivos, deben abarcar integralmente a todas las personas o bienes previstas en la ley y no solo a una parte de ellas y debe cuidarse de no ser de tal identidad, que viole la propiedad privada (artículos 33, 40, 45, 121 inciso 13 de la Constitución Política). (Sala Constitucional, N.° 5918 de 15:30 h de 3 de julio de 2001). |
poderdante | Persona que otorga poder o faculta a otra para que la represente judicial o extrajudicialmente. ► mandante 2. |
poderes de la policía | Potestades de los cuerpos preventivos o represivos para ejercer sus funciones. ► poder de policía. |
poderes del Ministerio Público | Potestades de la institución encargada, por intermedio de los fiscales, de ejercer la acción penal o acusación. ► Ministerio Público. |
polaco (a) Perteneciente o relativo a Polonia |
|| En Costa Rica, vendedor a plazos que entrega el bien y cobra los abonos a domicilio.
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poliamor |
Relación afectiva, sexual o amatoria que se establece, de forma consciente y consentida, entre tres o más personas.
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Policía | Cuerpo armado de funcionarios públicos, depositario de la autoridad, encargado de vigilar, conservar el orden público, prevenir las manifestaciones de delincuencia y cooperar en su investigación y represión. || Fuerza de seguridad encargada del orden público y la seguridad de los ciudadanos y sometida a las autoridades políticas. || En Costa Rica, fuerza encargada de la seguridad pública y que está compuesta por la Guardia Civil, la Guardia de Asistencia Rural, la Policía encargada del control de drogas no autorizadas y de actividades conexas, la Policía de Fronteras, la Policía de Migración y Extranjería, la Policía del Control Fiscal, la Dirección de Seguridad del Estado, la Policía de Tránsito, la Policía Penitenciaria, la Policía Escolar y de la Niñez, así como otras fuerzas policiales encargadas de la investigación judicial. ► función de policía. función social de la Policía. poder de policía. || Funcionario público, miembro de un cuerpo de Policía. || Orden, normalidad en el cumplimiento de leyes y normas que se guarda en lo individual y colectivo. |
policía administrativa | Servicio público, para mantener o restablecer el orden público, con poder preventivo y represivo que lo ejercen las autoridades de orden administrativo. || Cuerpo ejecutivo y de servicio público de seguridad, cuyo fin es impedir, mediante la prevención o la represión, la comisión de conductas ilícitas, la perpetración de delitos o las violaciones al orden público. |
Policía de Control de Drogas | En Costa Rica, cuerpo policial encargado de la intervención y vigilancia de hechos relacionados con drogas no autorizadas y actividades conexas; además de prevenir los hechos punibles, contemplados en la legislación sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado y actividades conexas; y para cooperar con la represión de esos delitos. Con respecto a las atribuciones de la Policía de Control de Drogas, se dice: “Corresponde a este cuerpo policial: Investigar los hechos ilícitos relacionados con estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado y actividades conexas, de conformidad con la legislación penal en vigencia, identificar, de manera preventiva, a los presuntos responsables y ponerlos a la orden de la autoridad judicial competente. Levantar los informes relacionados con este tipo de delincuencia. Efectuar los decomisos, realizar todas las actuaciones policiales tendientes a esclarecer los hechos y poner a la orden de las autoridades judiciales competentes a los detenidos por estos delitos”. https://www.seguridadpublica.go.cr/estructura/viceministrocpe-uc/policia_control_drogas/ |
policía de fronteras | En Costa Rica, acortamiento de “Dirección de la Policía de Fronteras”. ► Dirección de la Policía de Fronteras. || Cuerpo armado que se encarga de realizar patrullajes fronterizos permanentes para vigilar y proteger las zonas fronterizas. ► frontera. fronteras nacionales. |
policía de tránsito | En Costa Rica, cuerpo de funcionarios públicos, depositario de la autoridad, encargado de vigilar y mantener el orden en las vías públicas. ► vía pública. |
policía dormido | En Costa Rica, obstáculo que a manera de reductor de velocidad se dispone en las carreteras. ► muerto. |
Policía Judicial | En Costa Rica, el Organismo de Investigación Judicial. ► investigadores del Organismo de Investigación Judicial. Organismo de Investigación Judicial. || Unidad policial encargada de la averiguación de delitos, recolección de indicios, de pruebas, de evidencias y del descubrimiento de los autores. |