Term | Definition |
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litisconsorcio activo necesario | |
litisconsorcio en el proceso agrario | Situación jurídica en la que pluralidad de personas, por la misma causa o común interés, litigan conjuntamente como demandantes o demandados, en un juicio concerniente a la propiedad o explotaciones agrícolas. ► litisconsorcio. |
litisconsorcio en el proceso contencioso-administrativo | Situación jurídica en la que pluralidad de personas litigan conjuntamente, como demandantes o demandados, en un juicio concerniente a la función administrativa del Estado, de sus instituciones y de toda entidad de derecho público. |
litisconsorcio en materia de familia | Situación jurídica en la que pluralidad de personas, por la misma causa o común interés, litigan conjuntamente, como demandantes o demandados, en un juicio concerniente a las relaciones personales y patrimoniales de los miembros de una familia, entre ellos y con terceros. |
litisconsorcio facultativo | Situación jurídica-procesal en la que la pluralidad conjunta de litigantes, por afinidad de causa o común interés, ocurre por su espontánea voluntad. Existe sinonimia entre el litisconsorcio facultativo y el litisconsorcio voluntario. En el litisconsorcio facultativo los litisconsortes tienen independencia en su accionar. “El litisconsorcio facultativo corresponde al caso del ejercicio de la acción dirigida en forma conjunta, por quienes tienen las mismas pretensiones nacidas de un mismo título o que se funden en la misma causa, o cuando quien ostenta la pretensión dirige la misma contra todos aquellos que deben responder a ella”. ► litisconsorcio voluntario. |
litisconsorcio mixto |
Situación jurídica-procesal en la que varios demandantes litigan contra varios demandados.
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litisconsorcio necesario | Situación jurídica-procesal en la que —por disposición legal o por la naturaleza de la relación jurídica— se trae al proceso a todas las personas que no han sido incorporadas como parte, y que se podrían ver afectadas con la resolución. Los recursos, defensas e impulsos procesales benefician al conjunto. El Código Procesal Civil dispone: “Litisconsorcio necesario. Cuando por disposición de la ley o por la naturaleza de la relación jurídica material, la decisión deba hacerse en relación con varias personas, éstas deberán demandar o ser demandadas en el mismo proceso. Si la demanda o la contrademanda no comprende a todos los litisconsortes, el juez ordenará a la parte que, dentro del plazo de ocho días, amplíe su demanda o contrademanda en cuanto a los que faltan, bajo el apercibimiento de dar por terminado el proceso, en el primer supuesto, y de declarar inadmisible la contrademanda, en el segundo”. “Ejemplo de litisconsorcio necesario: A quiere litigar contra B y C en juicios diferentes, pero hay disposición legal que exige que A litigue contra B y C, conjuntamente en un mismo juicio”. ► litisconsorcio voluntario. || Situación jurídica que supone la presencia en proceso de todas las personas que, en la resolución del asunto, la sentencia pueda afectar. “El litisconsorcio necesario se da cuando por disposición de la ley o por la naturaleza de la relación jurídica, se exige que los sujetos a quienes afecta la resolución, actúen conjuntamente, como litisconsortes, de manera que queden vinculados al proceso y consecuentemente a los efectos de la sentencia”. |
litisconsorcio originario | Situación jurídica-procesal en la que, por acumulación de pretensiones o intereses, la pluralidad de demandados o demandantes existe desde el inicio del proceso. |
litisconsorcio pasivo | Situación jurídica-procesal en la que un solo demandante litiga contra varios demandados. |
litisconsorcio pasivo necesario | Situación jurídica-procesal en la que, por disposición legal o conexidad, un solo demandante litiga contra varios demandados. ► litisconsorcio. litisconsorcio necesario. litisconsorcio pasivo. |
litisconsorcio sucesivo | Situación jurídica-procesal en la que la pluralidad de litigantes acaece durante la realización del proceso. Ejemplo del litisconsorcio sucesivo es el caso en que ocurre la muerte del demandante y es reemplazado por pluralidad de herederos. ► litisconsorcio. |
litisconsorcio voluntario | Situación jurídica-procesal en la que la pluralidad de litigantes acaece por voluntad libre y espontánea y no por disposición legal. “Ejemplo de litisconsorcio voluntario: ‘A’ puede litigar contra ‘B’ y ‘C’ en juicios diferentes, pero por voluntad propia —al no haber impedimento legal— decide hacerlo en un mismo proceso”. ► litisconsorcio facultativo. litisconsorcio necesario. |
litisconsorte | Cada una de las personas que, conformando una pluralidad, por afinidad de causa o común interés, en juicio litigan conjuntamente como demandantes o demandados. |
litisexpensas | |
litispendencia | Situación procesal que supone la existencia de al menos dos procesos, idénticos en cuanto a sujetos, objeto y causa, sin que en ninguno se haya dictado sentencia. Es motivo para una excepción dilatoria. ► excepción de litispendencia. || Situación jurídica en que existe un proceso pendiente sobre un concreto objeto procesal. “Mientras un proceso se encuentre en sustanciación, sin que exista sentencia irrecurrible e imperativa, se dice que se halla en estado de litispendencia, al cual se define como la situación jurídica en que se encuentra una causa al estar sometida al juicio y resolución de los tribunales […], circunstancia que origina el impedimento procesal de litispendencia, mediante el cual se impide que se sustancie, simultánea o separadamente, otro proceso que se identifique con el anterior pendiente”. || Estado de un pleito judicial antes de su terminación. |
litispendencia en materia contencioso administrativa |
Pluralidad de causas idénticas en cuanto a sujetos, objeto y motivo, -concernientes a la función administrativa del Estado, de sus instituciones y de toda entidad de derecho público- sin que se haya dictado sentencia en alguna de ellas.
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litispendencia en materia de familia |
Situación que se produce cuando existen varios procesos pendientes sobre una misma cuestión litigiosa -con los mismos sujetos, objeto y causa- en temas concernientes a las relaciones personales y patrimoniales de los miembros de una familia, entre ellos y con terceros.
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litispendencia en materia penal |
Situación procesal penal que, en materia civil resarcitoria, supone la existencia de pluralidad de procesos pendientes acerca de idéntica pretensión.
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litoral |
Orilla o costa de mares u océanos.
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litteratus servus |
Locución latina con la que se denomina al esclavo marcado con una letra, a hierro y fuego, en la frente.
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lituano (a) |
Perteneciente o relativo a Lituania.
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liturgia |
El orden y la forma con que se procede en las ceremonias de culto en las religiones. || Ritos o actos solemnes.
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litúrgico (a) |
Relativo o perteneciente al orden y formas con que se actúa en el culto de las religiones.
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llaga |
> úlcera. || Señal o marca en un cuerpo. || Circunstancia que provoca dolor psíquico o pesadumbre.
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llagar |
Causar una úlcera. > úlcera.
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