Term | Definition |
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literatura |
Arte de la expresión escrita o verbal. || Conjunto de producciones escritas. || Bibliografía referente a una ciencia, arte o técnica. || Estudio del arte de la composición verbal.
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literatura jurídica |
Manifestación escrita de las ideas, doctrinas u opiniones referentes al Derecho.
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litigante |
Quien es parte en un proceso o juicio. || Abogado de alguna de las partes enfrentadas en juicio. || Que disputa o contiende.
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litigante de buena fe | Persona que es parte en juicio y que litiga o actúa con la convicción o creencia de que tiene el derecho alegado, es propietario del bien disputado o que su conducta no transgrede o infringe la ley. |
litigante de mala fe | Persona que en un juicio litiga o actúa con conocimiento de que no es titular del derecho alegado, no es propietario del bien disputado o de la falta de fundamento de su pretensión. |
litigante temerario |
Persona que en juicio litiga de forma desatinada, atrevida o imprudente.
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litigar | Ser parte en un proceso o juicio. || Enfrentarse, contender o disputar en juicio. || Querellar, denunciar, demandar. |
litigio | Pleito, disputa dilucidada en juicio. || Contienda judicial. || Pelea, pleito, controversia. |
litigioso (a) | Lo que es objeto o motivo de pleito o disputa. || Lo peleado o disputado en juicio. || Que es controvertido. || Que puede causar disputa. |
litis | Pleito, contienda judicial. || Juicio. || Litigio.
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litis consorcio | |
litis pendencia | |
litis pendencia | ► litispendencia. |
litisconsorcio | Situación jurídica en la que una pluralidad de personas, por afinidad de causa o común interés, litiga conjuntamente como demandantes o demandados. “El significado etimológico de la palabra litisconsorcio proviene de los siguientes vocablos: "litis" que significa conflicto o litigio, "con" significa junto y "sors" es suerte, lo que significa litigar conjuntamente o junto con, que implica compartir la misma posición de partes y, en la mayoría de los casos, la misma actividad procesal”. || Situación procesal en que las partes en pugna pueden estar compuestas por pluralidad de personas. || Pluralidad de sujetos vinculados por la misma causa o común interés que forman una parte en el proceso. “El litisconsorcio es una de las figuras procesales de la pluralidad subjetiva que se caracteriza por situar al tercero (o los terceros) en una relación común con una de las partes, sea con la actora o la demandada, dándose el mismo objeto y la misma ‘causa petendi’, de manera que el actor pudo haber dirigido su acción contra el tercero directamente o conjuntamente con el demandado (litisconsorcio pasivo) o que varios sujetos tienen la misma pretensión respecto a otro (litisconsorcio activo) u otros (litisconsorcio mixto)”. |
litisconsorcio activo | Situación jurídica-procesal en la que varios demandantes, por la misma causa o común interés, litigan contra un solo demandado.
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litisconsorcio activo necesario | |
litisconsorcio en el proceso agrario | Situación jurídica en la que pluralidad de personas, por la misma causa o común interés, litigan conjuntamente como demandantes o demandados, en un juicio concerniente a la propiedad o explotaciones agrícolas. ► litisconsorcio. |
litisconsorcio en el proceso contencioso administrativo | |
litisconsorcio en el proceso contencioso-administrativo | Situación jurídica en la que pluralidad de personas litigan conjuntamente, como demandantes o demandados, en un juicio concerniente a la función administrativa del Estado, de sus instituciones y de toda entidad de derecho público. |
litisconsorcio en materia de familia | Situación jurídica en la que pluralidad de personas, por la misma causa o común interés, litigan conjuntamente, como demandantes o demandados, en un juicio concerniente a las relaciones personales y patrimoniales de los miembros de una familia, entre ellos y con terceros. |
litisconsorcio facultativo | Situación jurídica-procesal en la que la pluralidad conjunta de litigantes, por afinidad de causa o común interés, ocurre por su espontánea voluntad. Existe sinonimia entre el litisconsorcio facultativo y el litisconsorcio voluntario. En el litisconsorcio facultativo los litisconsortes tienen independencia en su accionar. “El litisconsorcio facultativo corresponde al caso del ejercicio de la acción dirigida en forma conjunta, por quienes tienen las mismas pretensiones nacidas de un mismo título o que se funden en la misma causa, o cuando quien ostenta la pretensión dirige la misma contra todos aquellos que deben responder a ella”. ► litisconsorcio voluntario. |
litisconsorcio mixto |
Situación jurídica-procesal en la que varios demandantes litigan contra varios demandados.
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litisconsorcio necesario | Situación jurídica-procesal en la que —por disposición legal o por la naturaleza de la relación jurídica— se trae al proceso a todas las personas que no han sido incorporadas como parte, y que se podrían ver afectadas con la resolución. Los recursos, defensas e impulsos procesales benefician al conjunto. El Código Procesal Civil dispone: “Litisconsorcio necesario. Cuando por disposición de la ley o por la naturaleza de la relación jurídica material, la decisión deba hacerse en relación con varias personas, éstas deberán demandar o ser demandadas en el mismo proceso. Si la demanda o la contrademanda no comprende a todos los litisconsortes, el juez ordenará a la parte que, dentro del plazo de ocho días, amplíe su demanda o contrademanda en cuanto a los que faltan, bajo el apercibimiento de dar por terminado el proceso, en el primer supuesto, y de declarar inadmisible la contrademanda, en el segundo”. “Ejemplo de litisconsorcio necesario: A quiere litigar contra B y C en juicios diferentes, pero hay disposición legal que exige que A litigue contra B y C, conjuntamente en un mismo juicio”. ► litisconsorcio voluntario. || Situación jurídica que supone la presencia en proceso de todas las personas que, en la resolución del asunto, la sentencia pueda afectar. “El litisconsorcio necesario se da cuando por disposición de la ley o por la naturaleza de la relación jurídica, se exige que los sujetos a quienes afecta la resolución, actúen conjuntamente, como litisconsortes, de manera que queden vinculados al proceso y consecuentemente a los efectos de la sentencia”. |
litisconsorcio originario | Situación jurídica-procesal en la que, por acumulación de pretensiones o intereses, la pluralidad de demandados o demandantes existe desde el inicio del proceso. |
litisconsorcio pasivo | Situación jurídica-procesal en la que un solo demandante litiga contra varios demandados. |