| Term | Definition |
|---|---|
| principio de legalidad en materia penal | Enunciado que prohíbe la imposición de penas o medidas de seguridad que no estén previa, estricta y expresamente definidas en una ley formal al momento de la comisión del hecho delictivo. “En virtud [del principio de legalidad en materia penal] se garantiza la protección del ciudadano contra el ejercicio y la extensión arbitrarios del poder penal estatal: "Significa que sólo una ley escrita puede fundamentar la punibilidad de una acción y amenazar con una pena como consecuencia jurídica ("nullum crimen, nulla poena sine lege scripta")" (JOHANNES WESSELS "Derecho Penal, Parte General", Ediciones Depalma, Buenos Aires. 1980, p.13). (Sala Tercera, N.° 383 de 09:15 h de 26 de julio de 1996). |