Diccionario usual del Poder Judicial

pensión por el régimen no contributivo

En Costa Rica, pensión de carácter asistencial, basada en el principio de solidaridad, que se concede por la seguridad social sin necesidad de que el beneficiario haya cotizado al régimen. El régimen no contributivo es administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social. La pensión del régimen no contributivo puede ser solicitada por personas mayores de 65 años de edad; personas discapacitadas que no pueden trabajar y sean menores de 65 años de edad; menores de edad, huérfanos de los dos padres o si muere la madre y no han sido reconocidos legalmente por el padre; personas que tienen entre 18 y 21 años de edad, huérfanos de ambos padres y que estudian formalmente y no trabajan; viudas entre 55 y 65 años que están en desamparo económico, o que tiene hijos menores de 18 años de edad o entre los 18 y 21 años de edad si están estudiando o bien no trabajan; e indigentes. principio de solidaridad. seguridad social.

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