Diccionario usual del Poder Judicial

otrosí

En el lenguaje jurídico, 'además', 'también', 'asimismo'. || En un escrito o petición judicial, pretensión que se agrega después de la principal. El otrosí se "constituye a veces como posdata de los escritos cuando, después de firmados, se quiere agregar algo sin necesidad de rehacerlos".
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