Diccionario usual del Poder Judicial

inter vivos

Locución latina españolizada que significa ‘entre vivos’ y que se aplica a actos jurídicos que producen sus resultados entre personas vivas o en vida de las partes. La donación, como acto traslativo de dominio, es un negocio inter vivos, mientras que la herencia o legado se verifica con la muerte del donante.

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