Diccionario usual del Poder Judicial

exequátur

Voz españolizada de exequatur. Autorización o reconocimiento para posibilitar el cumplimiento de fallos o resoluciones dictadas en un país extranjero. || Proceso de carácter sumario de reconocimiento y autorización, cuyo propósito es introducir en determinado ordenamiento, para su tutela y ejecución, pronunciamientos que comprenden la condición de ser dictados por un tribunal jurisdiccional, arbitral o funcionario con autoridad suficiente, extranjeros. || Autorización que otorga un Estado, y documento donde consta, para que delegados o representantes extranjeros puedan desempeñar sus funciones en territorio nacional. || Autorización que daba un Estado para que una bula pontificia sea tenida como legislación nacional.

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