Diccionario usual del Poder Judicial

excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa

La que se interpone en el proceso contencioso administrativo cuando se considera que la demanda es inadmisible por no haberse agotado los recursos jerárquicos —o los medios impugnatorios— existentes en la vía administrativa. “La excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa, es de previo y especial pronunciamiento, o sea que paraliza el curso del juicio mientras no se resuelva sobre su procedencia o rechazo, por lo que no es en sentencia, como lo indica el recurrente, en donde deben resolverse, sino en una resolución previa, por tratarse de una excepción dilatoria, que, como su nombre lo indica, dilatan el ejercicio de la acción o del curso del proceso". (Sentencia de la Sala Segunda de la Corte, nº 19 de 09:10 h de 29 de enero de 1993). ► agotamiento de la vía administrativa.

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