Diccionario usual del Poder Judicial

ente público no estatal

Entidad circunscrita a la Administración descentralizada, de base corporativa, sometida en algunos aspectos al derecho privado y en otros al derecho administrativo, con patrimonio conformado por contribuciones o aportes, en ocasiones obligatorios, y no de fondos públicos; y cuyos actos no puede ser considerados administrativos. En Costa Rica se ha sostenido que los actos del ente público no estatal sí pueden considerarse actos administrativos “en la medida en que ejercen verdaderas potestades de imperio cuyos efectos, tanto favorables como ablativos, inciden en la esfera jurídica de los particulares (es decir, su proyección es externa). Tal es el caso, por ejemplo, de la labor fiscalizadora o sancionatoria que ejercen algunas de estas instituciones, como los colegios profesionales. Ahora bien, la doctrina costarricense ha reseñado que el término ente público no estatal resulta equívoco por tautológico. Ello debido a que, como ente con personalidad jurídica constituye una persona jurídica distinta del Estado (entendido en sentido estricto, o como sujeto, […]), característica que, en todo caso, comparten todos los entes públicos menores. Ahora bien, el que la legislación le otorgue funciones administrativas implica que este tipo de entes deban ser considerados Administración pública, la cual, al estar fuera del ámbito de la Administración central (Estado), forma parte de la descentralizada. Desde esta óptica, resulta claro que los entes públicos no estatales responden a una categoría particular de forma de organización que pueden adoptar los entes públicos”. (Sentencia del Tribunal de Casación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda nº 1 de 08:30 h de 12 de enero de 2012). ► Administración descentralizada. corporación de derecho público. empresa pública. ente público mayor. ente público menor. institución pública. || Ente que, sin pertenecer al Estado ni estar integrado a su ámbito, ejerce una función administrativa y emite actos administrativos.

©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.