Term | Definition |
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disolución de asociación | Ruptura de una asociación ante el acaecimiento de alguno de los supuestos legales para que ello ocurra. En Costa Rica, los supuestos para la disolución de asociación son los siguientes: “1) el número de asociados elegibles sea inferior al necesario para integrar el órgano directivo (menor a cinco […]); 2) se ha conseguido el fin para el que se constituyó o hay imposibilidad legal o material para alcanzarlo; 3) se haya perdido la capacidad jurídica por insolvencia o concurso; 4) se modifique el objeto perseguido o su naturaleza; 5) no se haya renovado el órgano directivo dentro del año siguiente al término de su ejercicio; 6) dos tercios o más de los asociados así lo soliciten; 7) sus dirigentes hayan sido apercibidos repetidamente sobre el destino de fondos a fines distintos al dispuesto estatutariamente o sobre la realización de actos ilícitos, contrarios a la moral, las buenas costumbres o al orden; 8) se dedique a actividades sancionadas por las leyes represivas, contrarias a la moral y a las buenas costumbres, o bien, subversivas; y 9) se hayan formado para disfrazar o encubrir fines distintos de los consignados en los estatutos”. (Sentencia de la Sala Primera, nº 811 de 08:50 h de 5 de julio de 2012). ► asociación. |