Diccionario usual del Poder Judicial

desistimiento del recurso de amparo

Abandono o renuncia a la solicitud o petición que busca un fallo que resuelva acerca de la protección y respeto de los derechos fundamentales o constitucionales. En Costa Rica, “[e]l artículo 52 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional establece la posibilidad para el recurrente de desistir del amparo cuando el recurso involucrare derechos patrimoniales u otros renunciables, y cuando el desistimiento [del recurso de amparo] se funde en una satisfacción extraprocesal de los derechos o libertades reclamados por el interesado, el expediente podrá reabrirse en cualquier tiempo si se demuestra que la satisfacción acordada ha resultado incumplida o tardía”. (Sentencia de la Sala Constitucional, N.º 11120 de 10:48 h de 28 de julio de 2006). recurso de amparo.

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