Diccionario usual del Poder Judicial

competencia contencioso administrativa

En Costa Rica, esfera o condición que faculta al órgano decisor para el conocimiento y resolución de asuntos referidos a las actuaciones de las administraciones públicas que se encuentran subordinadas al derecho administrativo. "I.-Sobre la Competencia de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y Civil de Hacienda. Por definición, la competencia es una atribución que otorga el ordenamiento jurídico. En consecuencia, el análisis de si un asunto corresponde o no a esta jurisdicción parte de los artículos 1, 2 y 3 del Código Procesal Contencioso Administrativo, en los cuales se dimensionan los alcances del artículo 49 constitucional. Para determinar entonces si este Tribunal es competente para conocer de un determinado asunto, se debe valorar el objeto procesal planteado. De conformidad con los artículos indicados supra en concordancia con el artículo 36 y el artículo 42 del mismo cuerpo normativo, esta jurisdicción conoce de asuntos en que se vean involucradas actuaciones materiales de la administración, conductas omisivas y control de ejercicio de potestad administrativa, entre otros; donde se formularán pretensiones como las indicadas en el numeral 42. (Tribunal Contencioso Administrativo Y Civil De Hacienda, N.° 561 de 15:25 h de 26 de marzo de 2020). derecho administrativo. jurisdicción contencioso-administrativa.

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