Diccionario usual del Poder Judicial

cesura del debate

En materia procesal penal, división del proceso en una  etapa en la que se analizan los hechos y la autoría; y otra donde se determina la pena, en caso de que haya una resolución condenatoria. “En cuanto a la celebración del juicio en dos fases atiende a la nueva figura de la cesura [del debate] incorporada en el Código Procesal Penal (artículo 323). Es decir, en una primera fase se conocerá del juicio de culpabilidad y en la segunda de las eventuales sanciones penales y civiles a imponer". (Sentencia del Tribunal de Casación Penal  de San José, n.º 903 de 11:20 h de 9 de noviembre de 2001).

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